La directiva para el desarrollo del Año Escolar 2012, en las Instituciones de Educación Básica y Técnico Productiva, establece que las horas de libre disponibilidad en las escuelas y colegios de todo el país, se orientarán a reforzar las áreas de comunicación, matemática, ciencias y educación productiva, y ciudadanía.
Asimismo, para reforzar la enseñanza de idiomas (lengua nativa o una lengua extranjera), artes, deportes, educación para el trabajo e informática, garantizando la idoneidad de los docentes a cargo.La norma, aprobada mediante la Resolución Ministerial Nro. 0622-2011-ED y publicada en la página web del Ministerio de Educación, también determina que la organización del año lectivo, que incluye el Plan Anual de Trabajo, tiene la obligación de garantizar el cumplimiento de 900 horas en Inicial, mil 100 horas en Primaria, mil 200 horas en Secundaria.
En esta contabilización, no se considera como horas efectivas de clase las actividades en eventos de celebración de organismos públicos o privados, bajo la responsabilidad de las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) y de las Direcciones Regionales de Educación (DRE).
En ese sentido, la directiva para el desarrollo del Año Escolar 2012, señala que está terminantemente prohibido el uso de horas efectivas de clase, en ensayos para desfiles escolares, celebraciones de aniversarios, fiestas patronales o similares.
Tampoco se consideran como horas efectivas de clase, las actividades rutinarias como la formación al inicio del día, pasar asistencia al inicio de clase o la revisión de cuadernos.
Diseño Curricular Nacional
La norma, de otro lado, determina que durante el Año Escolar 2012 regirá el Diseño Curricular Nacional y la currícula regional en los departamentos que la han aprobado. Señala que, en este último caso, el Ministerio de Educación validará su debida articulación al marco curricular nacional una vez aprobado.
Las instituciones educativas tienen plazo hasta febrero del próximo año, para elaborar su Plan Anual de Trabajo y su Programa Curricular de Aula (PCA), los cuales constituyen el instrumento de gestión organizador de su labor educativa.
La organización del año lectivo se hace con la finalidad de alcanzar los logros de aprendizaje que provienen de la política educativa nacional, regional y del Proyecto Educativo Institucional, sostiene la directiva.
fuente:www.minedu.gob.pe
Asimismo, para reforzar la enseñanza de idiomas (lengua nativa o una lengua extranjera), artes, deportes, educación para el trabajo e informática, garantizando la idoneidad de los docentes a cargo.La norma, aprobada mediante la Resolución Ministerial Nro. 0622-2011-ED y publicada en la página web del Ministerio de Educación, también determina que la organización del año lectivo, que incluye el Plan Anual de Trabajo, tiene la obligación de garantizar el cumplimiento de 900 horas en Inicial, mil 100 horas en Primaria, mil 200 horas en Secundaria.
En esta contabilización, no se considera como horas efectivas de clase las actividades en eventos de celebración de organismos públicos o privados, bajo la responsabilidad de las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) y de las Direcciones Regionales de Educación (DRE).
En ese sentido, la directiva para el desarrollo del Año Escolar 2012, señala que está terminantemente prohibido el uso de horas efectivas de clase, en ensayos para desfiles escolares, celebraciones de aniversarios, fiestas patronales o similares.
Tampoco se consideran como horas efectivas de clase, las actividades rutinarias como la formación al inicio del día, pasar asistencia al inicio de clase o la revisión de cuadernos.
Diseño Curricular Nacional
La norma, de otro lado, determina que durante el Año Escolar 2012 regirá el Diseño Curricular Nacional y la currícula regional en los departamentos que la han aprobado. Señala que, en este último caso, el Ministerio de Educación validará su debida articulación al marco curricular nacional una vez aprobado.
Las instituciones educativas tienen plazo hasta febrero del próximo año, para elaborar su Plan Anual de Trabajo y su Programa Curricular de Aula (PCA), los cuales constituyen el instrumento de gestión organizador de su labor educativa.
La organización del año lectivo se hace con la finalidad de alcanzar los logros de aprendizaje que provienen de la política educativa nacional, regional y del Proyecto Educativo Institucional, sostiene la directiva.
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