Directores deben informar y asesorar a padres de familia sobre el proceso de matrícula, dijo el viceministro Idel Vexler.
El Ministerio de Educación dispuso que el personal directivo y docente de las instituciones educativas regulares de todo el país asignen, como mínimo, dos vacantes para estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad.También, que brinden información y asesoren a los padres de familia y público interesado sobre el proceso de matrícula en Instituciones y Programas Educativos que atienden a estudiantes con discapacidad, informó hoy el viceministro de Gestión Pedagógica, Idel Vexler.Asimismo, señaló que los titulares de las Direcciones Regionales de Educación (DRE) y las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL), deberán elaborar y difundir un directorio actualizado de Instituciones Educativas Inclusivas de EBR, EBA y Centros de Educación Básica Especial y Programas de Intervención Temprana que funcionan en su jurisdicción.Estas y otra medidas asumidas por el Ministerio de Educación, son para facilitar la matrícula oportuna de los niños, niñas y jóvenes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad, remarcó el viceministro.Idel Vexler dijo que si bien la partida de nacimiento, el certificado de discapacidad y la evaluación psicopedagógica son requisitos para la matrícula del estudiante con discapacidad, la carencia de estos no impide dicho procedimiento.
El Ministerio de Educación dispuso que el personal directivo y docente de las instituciones educativas regulares de todo el país asignen, como mínimo, dos vacantes para estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad.También, que brinden información y asesoren a los padres de familia y público interesado sobre el proceso de matrícula en Instituciones y Programas Educativos que atienden a estudiantes con discapacidad, informó hoy el viceministro de Gestión Pedagógica, Idel Vexler.Asimismo, señaló que los titulares de las Direcciones Regionales de Educación (DRE) y las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL), deberán elaborar y difundir un directorio actualizado de Instituciones Educativas Inclusivas de EBR, EBA y Centros de Educación Básica Especial y Programas de Intervención Temprana que funcionan en su jurisdicción.Estas y otra medidas asumidas por el Ministerio de Educación, son para facilitar la matrícula oportuna de los niños, niñas y jóvenes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad, remarcó el viceministro.Idel Vexler dijo que si bien la partida de nacimiento, el certificado de discapacidad y la evaluación psicopedagógica son requisitos para la matrícula del estudiante con discapacidad, la carencia de estos no impide dicho procedimiento.
En este sentido, el director de la institución educativa es responsable de asesorar a los padres de familia y coordinar con las instancias pertinentes para la obtención de los documentos antes mencionados, concluyó el funcionario.La Ley General de Educación y sus reglamentos, señalan que todas las niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos con Necesidades Educativas Especiales tienen derecho a acceder al Sistema Educativo Nacional mediante un proceso regular de matrícula, de acuerdo a su edad y debiendo utilizarse la ficha única de matrícula.
El Ministerio de Educación, en el marco de su política de fortalecimiento de la Educación Inclusiva, trabaja para incorporar hasta el año 2012 a más de 50 mil estudiantes con algún tipo de discapacidad en las Instituciones de Educación Básica Regular.
fuente:minedu.gob.pe
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